¿Qué es el Observatorio de DHP?

¿Cómo nace la propuesta del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos?

PDF: Qué es el Observatorio de DH de los Pueblos(

En el año 2014, en el marco de la realización del Foro Internacional: Derechos Humanos, Militarismo, Paramilitarismo e Invasiones en Latinoamérica, se impulsó la propuesta de la creación de un organismo de Derechos Humanos con la intención de que los pueblos en resistencia contemos con el respaldo de un organismo de la sociedad civil, que nos permita enfrentar las sistemáticas violaciones de los derechos humanos en cualquier parte de nuestro continente y el mundo, así como las agresiones contra los pueblos que luchamos por construir un mundo de libertad, justicia, buen vivir, democracia participativa y poder popular. Dos años más tarde el 6 y 7 de febrero de 2016, en el zócalo de la Ciudad de Oaxaca, se instaló la Asamblea de Pueblos en Defensa del Territorio, la Educación, Pública, Gratuita y los Derechos Humanos como un órgano permanente de los pueblos, representada por un Consejo que sesiona de manera regular. A partir de esta gran Asamblea se concretó el nacimiento del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos, en la ciudad de Oaxaca, los días 13 y 14 de junio de 2016. En el 2017 se realizó la 1ra Asamblea Internacional de Coordinación del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos, los días 13 y 14 de junio de 2017, en la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, en donde ratificamos nuestro compromiso de continuar haciendo promoción de los derechos humanos en el mundo entero hasta lograr la visibilización de estos magnos acuerdos de convivencia solidaria y respeto por la vida en todo el planeta.

¿Qué es el Observatorio de los Derechos Humanos de los Pueblos? 

  1. El Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos es una iniciativa de las organizaciones populares para vigilar, documentar, analizar, difundir, exigir y promover el ejercicio de los derechos humanos de los pueblos, la democracia participativa y la justicia, en los ámbitos local, nacional e internacional, en una perspectiva activa de construcción y profundización de la resistencia y la rebelión y de la conformación progresiva y el fortalecimiento del poder popular.
  2. Impulsa la comprensión de los derechos humanos como conquistas de los pueblos y no dádivas de los detentores del poder político de turno ni de los centros de poder corporativo internacional. 
  3. Reconoce la interdependencia de la especie humana y entre los seres humanos y la naturaleza. Esta condición hace al ser humano, al mismo tiempo, sujeto autónomo y miembro de un pueblo que lo antecede. La conciencia de pertenencia a ese pueblo, proporciona identidad y permite hacer referencia a los derechos humanos en un sentido colectivo, para todas y todos, lo que obliga al reconocimiento de la diversidad de seres, culturas y saberes.
  4. Construye una democracia participativa basada en el reconocimiento mutuo y el respeto a las diferencias, incluida la diversidad sexual, con una articulación profunda entre solidaridad, autonomía, justicia e igualdad entre etnias y entre hombres y mujeres. La democracia se sustenta en las asambleas de los pueblos, practicada de manera directa, horizontal y colectiva, para construir una nueva representatividad e institucionalidad estatal, que supere clientelismo, el corporativismo, los votos comprados de la falsa democracia representativa.
  5. Propicia la lucha por los bienes comunes y colectivos, en una relación con la naturaleza que implica respeto y cuidado del territorio, con base en el ejemplo de las culturas originarias y la creación artística y el patrimonio tangible e intangible. Desde una comprensión de los derechos de la naturaleza y de la interdependencia de los derechos humanos, es posible construir un nuevo proyecto civilizatorio que supere los desastres generados por el capitalismo contemporáneo.
  6. Impulsa una justicia que afronte la corrupción estructural y la impunidad;  garantice la verdad, la sanción a los responsables, la reparación integral a las víctimas y la no repetición, para lo cual el Observatorio, desde los pueblos y con los pueblos, realizará un monitoreo minucioso de todo tipo de violaciones a los derechos. Al mismo tiempo, construir una justicia que, en la perspectiva de los derechos interdependientes y del derecho crear derechos, apunte a la vivencia plena de la igual dignidad de las personas y de los pueblos, como referente de la equidad, el reconocimiento de las diferencias humanas y el buen vivir.
  7. Fomentar la formación de observadores de derechos humanos provenientes de los pueblos y las comunidades, como estrategia de multiplicación y consolidación del Observatorio.
  8. Convoca a los pueblos hermanos Latinoamericanos y del Caribe a vincularse con decisión y acción a esta iniciativa, a través de la conformación de capítulos nacionales. Para ello se propone conformar una red de monitoreo y compromiso por los derechos humanos de los pueblos, con lazos fuertes y dinámicos, nacionales e internacionales, que permitan construir futuro y visión propia desde nuestras culturas, identidades y memorias colectivas.

El Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos es un instrumento de realización de la solidaridad, la autonomía, la igualdad, la justicia y la paz. Espera ser un aporte para la transformación de un mundo, hoy plagado de injusticias y exclusión, hacia una sociedad democrática e incluyente, capaz de reconocer la diversidad humana y hacer prevalecer la vida sobre la muerte y la destrucción.

Se estructura de la siguiente manera: 

Primera.- El Observatorio tiene seis órganos: la Asamblea Internacional de Coordinación, la Coordinación Internacional, las Coordinaciones Nacionales, el Consejo Consultivo, el Secretariado Técnico, las y los Observadores.

Segunda.- La Asamblea Internacional de Coordinación es la máxima instancia de toma de decisiones, es horizontal, es el espacio donde se discute, se analiza, se consensa y se toman los acuerdos para su ejecución. Están representadas todas las organizaciones, consejo consultivo, secretariado técnico y observadores. La cual se reúne de forma ordinaria cada año y de forma extraordinaria, cuando las circunstancias lo exijan.

Tercera.- La Coordinación Internacional se encarga de las relaciones internacionales con organizaciones, pueblos y países, así como, de darle seguimiento a las tareas y eventos internacionales. Estará integrada por 5 compañeras y compañeros, por un período de 4 años con posibilidades de reelegirse. Este período inicia a partir de la Segunda Asamblea Internacional de Coordinación.

Cuarta.- El Consejo Consultivo se conforma con intelectuales, dirigentes y luchadores sociales, autoridades comunales y ejidales, académicos, artistas, ministros de culto de la teología de la liberación, feministas, profesionistas y personalidades destacados en la defensa y promoción de los derechos humanos, nacionales e internacionales.

Los integrantes del Consejo Consultivo, son compañeras y compañeros nacionales o de otros países

Quinta.- De las Funciones del Consejo Consultivo. 

  1. Realizar visitas in situ, cuando en la Oficina se reciban denuncias o peticiones de alguna persona o colectividad. 
  2. Prestar asistencia técnica en materia de Derechos Humanos a quienes lo soliciten. 
  3. Emitir declaraciones públicas sobre hechos que a su juicio lo ameriten. 
  4. Dirigir escritos y acciones urgentes a las autoridades correspondientes con exhortos, planteamientos o denuncias sobre hechos relacionados con Derechos Humanos. 
  5. Establecer vínculos con organismos internacionales de Derechos Humanos.
  6. Establecer convenios con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, que promuevan y defiendan los Derechos Humanos y puedan contribuir al sostenimiento del ODHP.

Sexta.- El Secretariado Técnico funciona con grupos de trabajo acerca de los siguientes temas: 

  • Terrorismo Mediático 
  • Ejecución Extrajudicial 
  • Feminicidios 
  • Tortura 
  • Desaparición Forzada de Personas 
  • Asesinato de Periodistas, Dirigentes Sociales, Defensores Comunitarios y de Derechos Humanos
  • Privatización de la Educación 
  • Privatización del Agua 
  • Imposición de Proyectos Mineros y Eólicos
  • Despojo del Territorio mediante la eliminación de las tierras comunales y ejidales
  • Estado de excepción 
  • Desplazamiento forzoso por motivos políticos y económicos

Séptima.- Los grupos de trabajo del Secretariado Técnico, buscarán la asesoría y apoyo de especialistas, académicos y personas con experiencia en la promoción y defensa de los Derechos Humanos.

Octava.- El Secretariado Técnico hace el seguimiento cotidiano del estado de los Derechos Humanos, cuando menos en los temas mencionados. Sistematiza la información y la entrega al Consejo Consultivo cuando éste la solicite.

Novena.- El Secretariado Técnico publica informes periódicos acerca de la situación de los Derechos Humanos.

Décima.- Vigila la permanencia de los Derechos Humanos en las legislaciones nacionales e internacionales y la inclusión de los Derechos Humanos de segunda y tercera generación.

Onceava.- Tanto el Consejo Consultivo como el Secretariado Técnico orientan  su actuación por los principios de honestidad, compromiso con los agraviados y profesionalismo en la realización del trabajo.

Doceava.- Tanto el Consejo Consultivo como el Secretariado Técnico, se encargan de organizar los planes y programas e implementar la capacitación de los observadores.

Treceava.- Tanto el Consejo Consultivo como el Secretariado Técnico, buscarán obtener reconocimientos de organismos internacionales de Derechos Humanos, para quienes colaboren en los curos y talleres de capacitación.

Catorceava.- El Consejo Consultivo goza de plena autonomía en la emisión de sus dictámenes.

Quinceava.- Las y los Observadores estarán encargados de recabar testimonios y pruebas gráficas que pueden ser: videos, fotografías y evidencias en los lugares en donde se lleven a cabo violaciones a los Derechos Humanos de los Pueblos y presentar sus quejas por escrito de cada hecho que observen.

Dieciseisava.- Para ser observadores se requiere haber recibido al menos un curso de capacitación sobre Derechos Humanos, su promoción, defensa y observación.

Diecisieteava.- Los capítulos nacionales del ODHP, contarán con una Coordinación Nacional, un Secretariado Técnico y observadores.

Dieciochoava.- Los Coordinadores Nacionales serán los responsables de promover y reconocer a los observadores.

Diecinueveava.-  Los Coordinadores Nacionales serán los responsables de organizar los cursos y talleres para la capacitación de los observadores.

Veinteava.- La Coordinación Nacional mantendrá el vínculo con la Coordinación Internacional.

ORGANIGRAMA DEL OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS

ornanigrama

Correo: observatoriodhjusticia@gmail.com

Facebook: @ObservatoriodeDDHHdelosPueblos

Twitter: @ObservatorioDHP

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